La ley reconoce derechos específicos, entre ellos:
● Acceso a los mejores cuidados disponibles.
● Acompañamiento familiar permanente.
● Información clara y adecuada.
● Consentimiento informado.
● Atención individualizada con profesional de referencia.
● Educación durante el tratamiento.
● Tratamiento del dolor y cuidados paliativos.
● Derecho a rechazar tratamientos experimentales.
Se consolida así un enfoque de atención centrado en derechos y calidad










